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La Comisión de Mediación y Arbitraje se constituyó durante el año 2014, con el fin de promover el debate jurídico en el seno de la Corporación sobre la figura del abogado mediador con la participación de todas las personas colegiadas que actúen profesionalmente como mediadores en cualquier ámbito jurídico.
La Comisión del Turno de Oficio y Asistencia al Detenido es una comisión delegada de la Junta de Gobierno del ICAHUELVA y, como tal, tiene encomendadas las funciones previstas en el Reglamento del Turno de Oficio de nuestro colegio.
Entre sus funciones se encuentran el establecimiento de vías que faciliten la información, promover la formación continua y especializada entre el colectivo de abogados y abogadas inscritos en el Turno de Oficio, la resolución de las incidencias que puedan surgir con motivo de las designas, la tramitación de los expedientes informativos y disciplinarios y, en general, el seguimiento del Servicio de Turno de Oficio y Asistencia al Detenido proponiendo a la Junta de Gobierno las medidas que se consideren convenientes para su correcto funcionamiento.
La Comisión de Relaciones con la Administración y la Justicia (CRAJ) es la Comisión del Colegio de la Abogacía de Huelva (ICAHUELVA) comprometida con la defensa de los intereses de la profesión en el ejercicio cotidiano.
Pretende garantizar la corrección en el trato derivado de la intervención en procesos judiciales, e intervenir ante las posibles disfunciones de la Administración de Justicia, ámbitos en los que la CRAJ actúa diariamente.
También trabaja para impulsar mejoras y establecer acuerdos de colaboración que permitan una intervención efectiva.
La columna vertebral de la Formación del Abogado es la constante actualización de los conocimientos y de la práctica procesal, desde su acceso a la profesión y durante toda su dedicación profesional.
Entre sus funciones se encuentran el establecimiento de vías que faciliten la información formación continua y especializada entre el colectivo de abogados y abogadas inscritos en el Turno de Oficio.-
La función que se pretende ejercer desde la Comisión de Deontología del Colegio de la Abogacía de Huelva (ICAHUELVA), por parte de todos y cada uno de los miembros que la integran, va más allá del estricto ejercicio de la función disciplinaria que viene otorgada por los Estatutos Colegiales (entendiendo por estricta una función exclusivamente punitiva o sancionadora que no persigue ningún otro objetivo que sancionar sin más) y/o la de cumplir y hacer cumplir a los colegiados/as las leyes que afecten a la profesión, la normativa deontológica y otras normas dictadas por órganos competentes que puedan afectar a la profesión.
La Comisión de Deontología Profesional tiene por objeto la adecuación de la actividad de los abogados a las normas deontológicas establecidas en nuestros Estatutos, tanto en aquello que hace referencia a las relaciones entre letrados, como a las relaciones entre abogados y clientes y, por fin, con la Administración de Justicia.