INCORPORACIÓN POR PRIMERA VEZ
– Solicitud dirigida al Excmo. Sr. Decano solicitando la incorporación. Solicitud.
– Título habilitante LICENCIATURA O GRADO MÁS TÍTULO PROFESIONAL.

– Graduados en Derecho:
Como documentos habrán de aportarse:
Copia compulsada del Título Profesional de Abogado* regulado en la Ley 34/2006 de 30 de octubre y cuyo original deberá mostrarse en el momento de la presentación.
Copia del Titulo del Graduado en Derecho.
Copia de documento de obtención del MASTER en Abogacía .
*(Certificación expedida por la Administración de Justicia, en la que, junto con la calificación de APTO, se hace constar que cumple los requisitos para la expedición del Título Profesional de Abogado)

– Licenciados en Derecho con posterioridad al 31 de octubre de 2011:
Copia compulsada por la Universidad o Notarialmente del Título de licenciado en Derecho con expresa mención de la fecha de finalización de los estudios, que será la fecha de la completa superación de los estudios universitarios conducentes a la obtención del título universitario de la licenciatura. Se dispondrá de un plazo máximo de dos años, a contar desde el momento en que se encuentren en condiciones de solicitar la expedición del título oficial de licenciado en Derecho.

En caso de no disponer del Título deberá aportarse:
Original de Certificación académica personal de la licenciatura en Derecho cursada, en la que se incluya expresamente la fecha de finalización de los estudios conducentes a la obtención del título universitario de la licenciatura en Derecho.
Resguardo del depósito abonado para la expedición del título de licenciado en Derecho. Se dispondrá de un plazo máximo de dos años, a contar desde el momento en que se encuentren en condiciones de solicitar la expedición del título oficial de licenciado en Derecho.

– Certificado de Antecedentes Penales.
– Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
– Dos fotografías tamaño carnet.
– Domiciliación bancaria (C.C.C.) para el cobro de cuotas colegiales. (Documento)
– Para la incorporación en el ejercicio es obligatorio optar por:
– Opción 1: Alta en Mutualidad de la Abogacía (Secretaría del Ica Huelva)
– Opción 2: Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
– Abonar por Derechos de Incorporación la cantidad de :
– Cuota General de Incorporación ………….300 -Euros
     CCC: 0081 0642 51 0001027011 (Sabadell Atlántico)

– Certificado Consejo General (Ejerciente)…… Solicitud
(Se solicita al Consejo General de la Abogacía Española, Paseo de Recoletos, 13 – Madrid. Teléfono de información: 91 532 34 75. Precio: 165,95 € (I.V.A. incluido) que se ingresará en la cuenta corriente 0182-2370-41-0011880017. Enviar solicitud y justificante de ingreso al fax 91 532 96 00 o al Email certificaciones@abogacia.es y esperar a su recepción por correo)
– Certificado Consejo General (No Ejerciente)….Solicitud
(Se solicita al Consejo General de la Abogacía Española, Paseo de Recoletos, 13 – Madrid. Teléfono de información: 91 532 34 75. Precio: 101,58 € (I.V.A. incluido) que se ingresará en la cuenta corriente 0182-2370-41-0011880017. Enviar solicitud y justificante de ingreso al fax 91 532 96 00 o al Email certificaciones@abogacia.es y esperar a su recepción por correo)
– Certificado Consejo General (Cambio de Situación)….Solicitud
(Se solicita al Consejo General de la Abogacía Española, Paseo de Recoletos, 13 – Madrid. Teléfono de información: 91 532 34 75. Precio: 71,03 € (I.V.A. incluido) que se ingresará en la cuenta corriente 0182-2370-41-0011880017. Enviar solicitud y justificante de ingreso al fax 91 532 96 00 o al Email certificaciones@abogacia.es y esperar a su recepción por correo)
– Certificado Consejo General (Segundas Colegiaciones)….Solicitud
(Se solicita al Consejo General de la Abogacía Española, Paseo de Recoletos, 13 – Madrid. Teléfono de información: 91 532 34 75. Enviar solicitud y justificante de ingreso al fax 91 532 96 00 o al Email certificaciones@abogacia.es y esperar a su recepción por correo)

CUOTAS COLEGIALES MENSUALES

COLEGIADOS
EJERCIENTES
(- 3 años colegiación)
COLEGIADOS
EJERCIENTES
(+ 3 años colegiación)
COLEGIADOS
EJERCIENTES
(+60 años de edad)
COLEGIADOS NO
EJERCIENTES
49,50 Euros/mes 52,00 Euros/mes 40 Euros/mes 15,50 Euros/mes

 

DESGLOSE DE LAS CUOTAS COLEGIALES

CONCEPTOS MENSUAL EJERCIENTES NO
EJERCIENTES
TOTAL ANUAL
-3 años / +3 años / +60 años 
Cuota CGAE 3,26 € 39,12 €
Cuota CADECA 1,50 € 18,00 €
Póliza RC
(ejercientes)
18,00 € 216,00 €
Cuota Colegio 26,74 €  / 29,24 €  / 17,24 € 10,74 €
Total 26,74 €  / 29,24 €  / 17,24 € 10,74 €


INCORPORACIONES PROCEDENTES DE OTRO COLEGIO DE ABOGADOS

– Solicitud dirigida al Excmo. Sr. Decano solicitando la incorporación.
– Certificación del Colegio de procedencia.
– Certificación del Consejo General de la Abogacía.
– Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
– Dos fotografías tamaño carnet.
– Domiciliación bancaria (C.C.C.) para el cobro de cuotas colegiales.
– Abonar por Derechos de Incorporación la cantidad de 300 Euros.

INCORPORACIÓN DE ABOGADOS CON TÍTULO DE LA UNIÓN EUROPEA
Documento informativo, para la plena integración de los Abogados Europeos.

Normativa: RD. 936/2001
Regula el ejercicio permanente en España de la profesión de abogado con título profesional obtenido en otro Estado miembro de la Unión Europea.
[ANEXO 1] · [ANEXO 2] · [ANEXO 3] · [ANEXO 4] · [ANEXO 5] · [ANEXO 6]

Solicitud de inscripción al Colegio de Abogados.
Solicitud de colegiación como abogado.
Solicitud para la actuación concertada del Abogado inscrito con otro Abogado.
Solicitud de certificado como Abogados Ejerciente.

INCORPORACIONES DE ABOGADOS EJERCIENTES EN LA UNIÓN EUROPEA
– Instancia dirigida al Excmo. Sr. Decano solicitando la incorporación.
– Certificación del Consejo General de la Abogacía.
– Cerfificación del Colegio de procedencia del país de origen (Traducción Jurada).
– Certificación del Organo Rector de la Abogacía del país de origen, acreditativa de que no se halla incurso en alguna de las causas de incapacidad para el ejercicio de la Abogacía, y que ha superado los cursos que, en su caso, se exijan para acceder a la profesión (Traducción Jurada).
– Fotocopia del Pasaporte.
– Fotocopia de la Tarjeta de Residente Comunitario en España.
– Dos fotografías tamaño carnet.
– Para la incorporación en el ejercicio es obligatorio optar por:
– Opción 1: Alta en Mutualidad de la Abogacía (Secretaría del Ica Huelva)
– Opción 2: Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
– Domiciliación bancaria (C.C.C.) para el cobro de cuotas colegiales.
– Abonar por Derechos de Incorporación la cantidad de 300 Euros.

INCORPORACIONES DE LICENCIADOS PROCEDENTES DE LA UNIÓN EUROPEA
– Instancia dirigida al Excmo. Sr. Decano solicitando su incorporación.
– Título de Licenciado en Derecho del país de origen, homologado.
– Certificación del Consejo General de la Abogacía.
– Certificado de Antecedentes Penales del país de origen.
– Certificado de Antecedentes Penales de España.
– Fotocopia del Pasaporte.
– Fotocopia de la Tarjeta de Residente Comunitario en España.
– Certificación de Nacimiento, traducida y legalizada.
– Dos fotografías tamaño carnet.
– Certificado del Organo Rector de la Abogacía del país de origen, acreditativo, de que el Título que presenta el solicitante es suficiente para inscribirse en dicho país como Abogado habilitado para el ejercicio de la Abogacía, y que ha superado los cursos que, en su caso, se exijan para acceder a la profesión.
– Para la incorporación en el ejercicio es obligatorio optar por:
– Opción 1: Alta en Mutualidad de la Abogacía (Secretaría del Ica Huelva)
– Opción 2: Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
– Domiciliación bancaria (C.C.C.) para el cobro de cuotas colegiales.
– Abonar por Derechos de Incorporación la cantidad de  300 Euros.

INCORPORACIONES DE LICENCIADOS PROCEDENTES DE PAÍSES QUE NO PERTENECEN A LA UNIÓN EUROPEA
– Instancia dirigida al Excmo. Sr. Decano solicitando su incorporación.
– Título de Licenciado en Derecho, homologado.
– Certificado de Antecedentes Penales del país de origen.
– Certificado de Antecedentes Penales de España.
– Fotocopia de la Tarjeta de Residente.
– Fotocopia del pasaporte.
– Dos fotografías tamaño carnet.
– Certificado del Organo Rector de la Abogacía del país de origen, acreditativo, de que el Título que presenta el solicitante es suficiente para inscribirse en dicho país como Abogado habilitado para el ejercicio de la Abogacía, y que ha superado los cursos que, en su caso, se exijan para acceder a la profesión.
– Para la incorporación en el ejercicio es obligatorio optar por:
– Opción 1: Alta en Mutualidad de la Abogacía (Secretaría del Ica Huelva)
– Opción 2: Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
– Domiciliación bancaria (C.C.C.) para el cobro de cuotas colegiales.
– Abonar por Derechos de Incorporación la cantidad de 300 Euros.

INCORPORACIONES DE ABOGADOS EJERCIENTES EN PAÍSES QUE NO PERTENECEN A LA UNIÓN EUROPEA
– Instancia dirigida al Excmo. Sr. Decano solicitando la incorporación.
– Certificado de Antecedentes Penales del país de origen.
– Certificado de Antecedentes Penales de España.
– Cerfificación del Colegio de procedencia del país de origen.
– Certificación del Organo Rector de la Abogacía del país de origen, acreditativa de que no se halla incurso en alguna de las causas de incapacidad para el ejercicio de la Abogacía, y que ha superado los cursos que, en su caso, se exijan para acceder a la profesión.
– Fotocopia del pasaporte.
– Fotocopia de la Tarjeta de Residente.
– Dos fotografías tamaño carnet.
– Para la incorporación en el ejercicio es obligatorio optar por:
– Opción 1: Alta en Mutualidad de la Abogacía (Secretaría del Ica Huelva)
– Opción 2: Alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
– Domiciliación bancaria (C.C.C.) para el cobro de cuotas colegiales.
– Fotocopia del alta en el Impuesto de Actividades Económicas.
– Dispensa del requisito de nacionalidad.
– Abonar por Derechos de Incorporación la cantidad de 300 Euros.

OBTENCIÓN DE LA DISPENSA DEL REQUISITO DE LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA
– Instancia dirigida al Sr. Ministro de Justicia, en la que consten: Nombre, apellidos, nacionalidad, domicilio a efectos de notificaciones y Colegio de Abogados al que desea incorporarse.
– Fotocopia del pasaporte.
– Fotocopia de la Tarjeta de Residente.
– Fotocopia compulsada y autenticada, de la credencial del Ministerio de Educación y Cultura de la homologación del Título de Licenciado en Derecho del país de origen; o Fotocopia compulsada del Título de Licenciado en Derecho en el supuesto de que fuera licenciado por alguna de las Universidades Españolas.
– Certificación del Registro de Penales y Rebeldes, acreditativa de carecer de antecedentes penales.
– Certificación acreditativa de carecer de antecedentes penales en su país de origen.
– Certificación del Consejo Rector de la Abogacía de su país de origen, que acredite su comportamiento profesional, en el supuesto de que haya sido ejerciente.

DECÁLOGO DE ÉTICA PROFESIONAL JURÍDICA
El Abogado debe pedir ayuda a Dios en sus trabajos, pues Dios es el primer protector de la Justicia.
Ningún Abogado aceptará la defensa de casos injustos, porque son perniciosos a la conciencia y al decoro profesional.
El Abogado no debe cargar al cliente con gastos excesivos.
Ningún Abogado debe utilizar, en el patrocinio de los casos que le sean confiados, medios ilícitos o injustos.
Debe tratar el caso de cada cliente como si fuese el suyo propio.
No debe evitar trabajo ni tiempo para obtener la victoria del caso que tenga encargado.
Ningún Abogado debe aceptar más causas de las que el tiempo disponible le permite.
El Abogado debe amar la Justicia y la honradez tanto como las niñas de sus ojos.
La demora y la negligencia de un Abogado causan perjuicio al cliente y cuando eso acontece, debe indemnizarlo.
Para hacer una buena defensa el Abogado debe ser verídico, sincero y lógico.
Decálogo de San Ivo (1253-1303)