• Autos
  • Vista previa
  • La sentencia
  • Con la venia
  • Cuando me quito la toga
  • Habituales
  • Comisiones
  • Careo
ICAHuelva
ICAHuelva
  • Accesos Rápidos
    • Zona Privada
    • Correo Electrónico
    • LexNET
    • Soporte Técnico
    • Biblioteca
    • Mediación (CEMICAH)
    • Servicios Abogacía
    • Censo de letrados
    • Asociación de Abogados Jóvenes
    • Listado de Administradores Concursales
  • El colegio
    • Bienvenida del decano
    • Información institucional
    • Junta de gobierno
    • Comisiones ICAHuelva
    • Requisitos de incorporación
    • Portal de Transparencia
    • Cemicah (Centro de Mediación)
    • Artículos Doctrinales
    • Revista Oficial
  • Servicios
    • Al Colegiado
      • Turno de Oficio
      • Asistencia al Detenido
        • Pases de Prisión (Cert. Digital)
        • Juzgados de Guardia
        • Impresos de guardia
        • Guardias-Partidos Judiciales
      • Inscripciones
      • Zona Privada
      • Software instalación carné colegial
      • Descargas ACA
      • Videoteca ICAHuelva
      • Directos
      • Declaración de Reclamación de R. C.
      • Información Catastral
      • Información Colegial
      • Normativa de Uso del Colegio
      • Testamento Profesional Colegial
      • Teléfonos Juzgados Provincia
      • Cálculo de Intereses
        • Cálculo de Intereses (SuDespacho)
        • Cálculo de Intereses (Accigest)
    • Al Ciudadano
      • Cita Previa Turno de Oficio
      • Información Asistencia Jurídica Gratuita
      • Consulta Abogado Solicitud JG
      • Ventanilla Única
      • Convenios de Interés Público
      • Quejas y reclamaciones
    • Cursos de Formación
    • Información
      • Directorio de Órganos Judiciales
      • Consejos Generales
  • Agenda
  • Portal de Transparencia
  • Convenios
  • Contacto

Portal de Transparencia

Ley de Transparencia
El Colegio
Organigrama
Estatutos y Código Deontológico
Funciones
Cuentas Anuales
Convenios
Subvenciones
Retribuciones
Comisiones
Ley de Transparencia

La Ley de transparencia de España, cuya denominación completa es Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, es una norma que tiene como objetivo ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública, regular y garantizar el derecho de acceso a la información relativa a aquella actividad y establecer las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos así como las consecuencias derivadas de su incumplimiento.

El Colegio

Corporación de Derecho Público que, como rectora de la Abogacía en los Partidos Judiciales de Huelva, Moguer, Ayamonte, La Palma del Condado, Valverde del Camino y Aracena, ordena, defiende y representa el ejercicio de la profesión, se ocupa de garantizar la formación inicial, permanente y especializada de los abogados, ejerce el control deontológico y la aplicación del régimen disciplinario en defensa de los ciudadanos y de la propia profesión, vela por la ética y dignidad profesionales y colabora en el funcionamiento y mejora de la Administración de Justicia.

Organigrama

Decano:    Antonio José Bernal Martínez

Diputado 1º / Vicedecano: Andrés Silván Gilabert

Diputado 2º: Eugenio Encina Macías

Diputada 3ª: Isabel Pozo Morillas

Diputado 4º: Enrique Arroyo Aranda

Diputada 5ª: María Teresa Largo Martín

Diputado 6º: Rafael Fernández Román

Diputada/Bibliotecaria: Carmen Torrecillas Merino

Tesorero:   Francisco de Asís Jiménez Mier

Secretaria:   Cecilia García de la Corte

Estatutos y Código Deontológico

Deontología Profesional
– Reglamento de Procedimiento Disciplinario
– Código Deontológico de la Abogacía Española
– Código Deontológico de los Abogados de las Unión Europea

Estatutos
– Estatutos General de la Abogacía Española
– Estatutos del Ilustre Colegio de Abogados de Huelva

Funciones

Funciones del Colegio


– Ostentar la representación y defensa de la profesión ante las distintas Administraciones, Instituciones, Tribunales, entidades y particulares, con legitimación para ser parte en cuantos litigios y causas puedan afectar a los derechos e intereses profesionales y a los fines de la abogacía en general y de los persona personas colegiadas en particular, con capacidad para ejercitar las acciones penales, civiles, administrativas, contencioso-administrativas, sociales y mercantiles que resulten procedentes, así como hacer uso del derecho de petición conforme a la Ley.

– Elaborar y aprobar los Estatutos y Reglamentos de régimen interior para el régimen y funcionamiento del Colegio, así como sus modificaciones.

– Cumplir y hacer cumplir las normas deontológicas reguladoras del ejercicio de la profesión en el ámbito territorial del Colegio.

– Procurar el perfeccionamiento de la actividad profesional y la formación permanente, a tal fin, organizar y promover actividades y servicios de carácter profesional, cultural, asistencial, de previsión y análogos, que puedan resultar de interés para las personas colegiadas, cuya participación e intervención tendrá siempre carácter voluntario.

– Procurar la armonía y colaboración entre las personas colegiadas, tratando de impedir la competencia desleal entre los mismos, ejercitándose las acciones que, en su caso, correspondan, ante los tribunales competentes, con sujeción a los principios de necesidad y proporcionalidad, establecidos en la vigente Ley de Garantía de la Unidad de los Mercados.

– Adoptar las medidas conducentes a evitar y perseguir el intrusismo profesional y la competencia desleal, incluido el ejercicio de las acciones legales ante los tribunales competentes.

– Intervenir, previa solicitud, en vía de conciliación, mediación o arbitraje en las cuestiones que, por motivos profesionales, se susciten por las personas colegiadas entre sí o con sus clientes y entre éstos cuando así lo soliciten libremente, con sujeción a la legislación vigente en materia de arbitraje y mediación.

– Elaborar y aprobar los presupuestos anuales de ingresos y gastos, así como también la liquidación de las cuentas anuales.

– Establecer las aportaciones económicas de las personas colegiadas para sufragar los gastos derivados del funcionamiento y prestación de los servicios colegiales y regular la forma y periodicidad en que han de ser satisfechas, así como las sanciones derivadas de su incumplimiento.

– Llevar un registro de todas las personas colegiadas, con apertura de expediente personal e individualizado en el que figure copia autenticada de la titulación habilitante para el ejercicio profesional de la abogacía, fecha de alta, domicilio profesional, firma actualizada y cuantas otras circunstancias o antecedentes puedan estar relacionadas para dicha habilitación.

– Informar en los procedimientos administrativos o judiciales, cuando sea requerido para ello o cuando esté establecida su preceptiva intervención, especialmente en materia de honorarios profesionales, en los procedimientos de jura de cuentas y de impugnación de honorarios por excesivos, teniendo en cuenta lo establecido en el
artículo 14 y la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 2/1974, de 13 de febrero.-

– Facilitar a los distintos Tribunales de la provincia y a las administraciones públicas, la relación de personas colegiadas que puedan ser requeridos para intervenir como peritos y contadores-partidores, pudiendo ser designados directamente cuando así se le requiera, en cuyo caso y previa convocatoria de concurrencia voluntaria, se procederá a tal designación con sujeción a los principios de transparencia, objetividad, publicidad, competencia profesional, igualdad y concurrencias.

– Participar en los órganos consultivos de las Administraciones Públicas en los Consejos Sociales y Patronatos Universitarios en materias propias de la profesión, asi como en la elaboración de los planes de Estudio de grado en Derecho cuando sea requerido para ello, manteniendo los necesarios contactos con la Facultad de Derecho de la Universidad de Huelva, para participar en la organización de cursos de formación conjunta del alumnado y personas colegiadas.

– Llevar el registro de sociedades profesionales en el que deberánconstar: denominación o razón social y domicilio; fecha de la escritura de constitución y notario autorizante; duración;  actividades que constituyan el objeto social; identificación de los socios profesionales y no profesionales, número de personas colegiadas de los primeros y Colegio en el que figura incluido cada uno; y persona o personas responsables de la representación y administración de la sociedad.

– Garantizar el deber de aseguramiento de las personas colegiadas de la responsabilidad civil derivada del ejercicio profesional, bien mediante la suscripción de pólizas colectivas formalizadas directamente por el Colegio con entidades aseguradoras o, cuando ello no sea posible por falta de capacidad económica del Colegio, exigiendo a las personas colegiadas la acreditación de tener asegurada dicha responsabilidad.

– Y en general, cuantas otras funciones puedan redundar en beneficio de las personas colegiadas y de la profesión, que se desarrollen por iniciativa propia o que se atribuyan por otras normas de rango legal o reglamentario, sean delegadas por las Administraciones Públicas o se deriven de convenios de colaboración.

 

Cuentas Anuales
Acceder a las Cuentas

 
Convenios

– Convenio Agencia Tributaria Andaluza

– Convenio Administradores de Fincas

– Convenio Ayuntamiento de Valverde del Camino

– Convenio CGAE-Instituciones Penitenciarias

– Convenio Centro de Día

– Convenio Conformidad Penal

– Convenio de Colaboración vLex_ICAHuelva_2023

– Convenio Marco Mutualidad.2019

– Seguro de Vida Colegiados

– Convenio TASA Tasaciones Inmobiliarias

– Normas Fondo Social ICAHUELVA

– Protocolo Mediación Penal

– Póliza RC Profesional

– Renovación RC ICA Huelva 2023

– Convenio con Catastro

– Convenio Sabadell

– Convenio TYCSA

– Convenio Asesoramiento Ayto. Huelva

– Convenio Colaboración Namirial.

– Convenio FOE

– Convenio con la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de la Junta de Andalucía

–Convenio con el Colegio de Graduados Sociales de Huelva.

Subvenciones
Emisor Concepto Fecha Cantidad
Junta de Andalucía Turno de Guardia Diaria de VG 3T 2023 (2º Pago) 21/12/2023 360,00 €
Junta de Andalucía Turno de Oficio 3er Trimestre 2023 (2º Pago) 21/12/2023 266.084,66 €
Junta de Andalucía Servicios de Orientación y Asistencia Jurídica Penitenciaria 20/12/2023 5.382,00 €
Junta de Andalucía Turno de Guardia 3T 2023 (1er Pago) 21/11/2023 157.090,00 €
Junta de Andalucía Turno de Oficio 3er Trimestre 2023 (1er Pago) 21/11/2023 259.538,07 €
Junta de Andalucía Gastos de Funcionamiento 2º Trimestre 2023 10/10/2023 66.723,74 €
Junta de Andalucía Turno de Oficio 2º Trimestre 2023 (2º Pago) 26/09/2023 3.775,30 €
Junta de Andalucía Servicios de Orientación y Asistencia Jurídica Penitenciaria 05/09/2023 5.382,00 €
Junta de Andalucía Turno de Guardia Diaria de VG 2T 2023 (1er Pago) 14/08/2023 16.380,00 €
Junta de Andalucía Turno de Oficio 2º Trimestre 2023 (1er Pago) 11/08/2023 464.878,14 €
Junta de Andalucía Gastos de Funcionamiento 1er Trimestre 2023 26/07/2023 47.950,43 €
Junta de Andalucía Turno de Guardia 1T 2023 (2º Pago) 14/07/2023 4.770,00 €
Junta de Andalucía Turno de Oficio 1er Trimestre 2023 (2º Pago) 21/06/2023 2.091,65 €
Junta de Andalucía Turno de Oficio 1er Trimestre 2023 (1er Pago) 05/06/2023 291.247,61 €
Junta de Andalucía Turno de Guardia 1T 2023 (1er Pago) 29/05/2023 181.395,00 €
Junta de Andalucía Gastos de Funcionamiento 4º Trimestre 2022 14/04/2023 52.196,55 €
Junta de Andalucía Turno de Guardia 4T 2022 (1er Pago) 17/02/2023 138.160,00 €
Retribuciones

La Junta de Gobierno, no percibe retribución alguna por el desempeño de sus funciones.

Comisiones

Acceso a Comisiones

Accesos rápidos

Zona privada
Correo electrónico
LexNet
Soporte Técnico
Biblioteca
Servicios Abogacía
Censo de Letrados
Asociación de Abogados Jóvenes
Cemicah (Centro de Mediación)
Lista de Administradores Concursales
CertA

Revista Oficial

Ver todos ...

Entradas recientes
  • COSTAS AL APELADO EN SEGUNDA INSTANCIA
  • Convenio de Colaboración con el Colegio de Graduados Sociales
  • Convenio de Colaboración con la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de la Junta de Andalucía
  • Convenio de Colaboración con la Federación Onubense de Empresarios (FOE)
  • Acuerdo de Colaboración con Namirial
Comentarios recientes
    Ver Archivos
    Categorías
    ICAHuelva
    • Aviso legal
    • Política de Cookies
    • Política de Privacidad
    • Políticas del Sistema Interno de Información
    © Ilustre Colegio de Abogados de Huelva 2017 - Plaza de los Abogados s/n 21003 Huelva - Tlf:959252833 Fax:959281111

    Introduce palabras clave y pulsa Enter.

    Comisión de Mediación y Arbitraje

    La Comisión de Mediación y Arbitraje se constituyó durante el año 2014, con el fin de promover el debate jurídico en el seno de la Corporación sobre la figura del abogado mediador con la participación de todas las personas colegiadas que actúen profesionalmente como mediadores en cualquier ámbito jurídico.

    Comisión del Turno de Oficio y Asistencia al Detenido

    La Comisión del Turno de Oficio y Asistencia al Detenido es una comisión delegada de la Junta de Gobierno del ICAHUELVA y, como tal, tiene encomendadas las funciones previstas en el Reglamento del Turno de Oficio de nuestro colegio.

    Entre sus funciones se encuentran el establecimiento de vías que faciliten la información, promover la formación continua y especializada entre el colectivo de abogados y abogadas inscritos en el Turno de Oficio, la resolución de las incidencias que puedan surgir con motivo de las designas, la tramitación de los expedientes informativos y disciplinarios y, en general, el seguimiento del Servicio de Turno de Oficio y Asistencia al Detenido proponiendo a la Junta de Gobierno las medidas que se consideren convenientes para su correcto funcionamiento.

    Comisión de Relaciones con la Administración y la Justicia (CRAJ)

    La Comisión de Relaciones con la Administración y la Justicia (CRAJ) es la Comisión del Colegio de la Abogacía de Huelva (ICAHUELVA) comprometida con la defensa de los intereses de la profesión en el ejercicio cotidiano.

    Pretende garantizar la corrección en el trato derivado de la intervención en procesos judiciales, e intervenir ante las posibles disfunciones de la Administración de Justicia, ámbitos en los que la CRAJ actúa diariamente.

    También trabaja para impulsar mejoras y establecer acuerdos de colaboración que permitan una intervención efectiva.

    Comiosión de Formación

    La columna vertebral de la Formación del Abogado es la constante actualización de los conocimientos y de la práctica procesal, desde su acceso a la profesión y durante toda su dedicación profesional.

    Entre sus funciones se encuentran el establecimiento de vías que faciliten la información formación continua y especializada entre el colectivo de abogados y abogadas inscritos en el Turno de Oficio.-

    Comisión de Deontología

    La función que se pretende ejercer desde la Comisión de Deontología del Colegio de la Abogacía de Huelva (ICAHUELVA), por parte de todos y cada uno de los miembros que la integran, va más allá del estricto ejercicio de la función disciplinaria que viene otorgada por los Estatutos Colegiales (entendiendo por estricta una función exclusivamente punitiva o sancionadora que no persigue ningún otro objetivo que sancionar sin más) y/o la de cumplir y hacer cumplir a los colegiados/as las leyes que afecten a la profesión, la normativa deontológica y otras normas dictadas por órganos competentes que puedan afectar a la profesión.

    La Comisión de Deontología Profesional tiene por objeto la adecuación de la actividad de los abogados a las normas deontológicas establecidas en nuestros Estatutos, tanto en aquello que hace referencia a las relaciones entre letrados, como a las relaciones entre abogados y clientes y, por fin, con la Administración de Justicia.