La Junta de Gobierno del ICAHUELVA ha aprobado el pasado día 24 de julio, el procedimiento que regirá el Testamento Profesional Colegial, una iniciativa que se había decidido poner en marcha desde su toma de posesión.
El Testamento Colegial permitirá a los abogados/as de Huelva agilizar la transferencia a otros compañeros de casos legales en curso en situaciones de fallecimiento o enfermedad prolongada e incapacitante para el ejercicio de la abogacía. Este instrumento ha sido diseñado para abordar de manera rápida y segura este tipo de circunstancias, proporcionando una base jurídica sólida que garantiza la seguridad en el proceso.
Los colegiados/as podrán designar a uno o varios sustitutos y conferir a la Junta de Gobierno la facultad de comunicarse con estos sucesores con el fin de proporcionarles los detalles contenidos en dicho testamento, tales como los códigos de acceso a los registros y expedientes pertinentes.
De este modo, el ICAHUELVA se suma a los Colegios de Granada, pionero en esta iniciativa, Sevilla, Baleares y Madrid, entre otros, que ya cuentan con este protocolo.
El Testamento Profesional Colegial del ICAHUELVA va a ser un instrumento que otorgará mayor seguridad a los profesionales y clientes ante situaciones sobrevenidas. El propósito es colaborar de forma activa con los colegiados/as para evitar que se puedan ver perjudicados sus clientes, con motivo de que el abogado/a caiga en un estado de vulnerabilidad derivado de circunstancias como accidentes graves, periodos de hospitalización, o incluso en situaciones de defunción.
Los colegiad@s interesad@s tendrán que detallar los profesionales que designan para asumir sus casos -que podrán variar en función de la jurisdicción de los asuntos (Civil, Penal, Social o Contenciosa-Administrativa)- y detallar algunos aspectos sobre la organización de sus despachos. Ante la posibilidad de que ninguno de los ‘herederos’ acepte el legado, el testador puede facultar a la Junta de Gobierno del Colegio de Abogados para que designe a un profesional de la corporación para su sustitución en los mismos términos y condiciones que los otros preferidos.
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