CONSEJERÍA JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

LAN 2001\260 Legislación (Norma Vigente)
Orden de 11 junio 2001

BO. Junta de Andalucía 7 julio 2001, núm. 77/2001 [pág. 11535]

ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA

Establece los requisitos complementarios de formación y especialización necesarios para acceder a la prestación en determinados procedimientos judiciales.

En su virtud, previo informe del Consejo Andaluz de Colegios de Abogados, dispongo:

ARTÍCULO 1. Requisitos complementarios exigibles para la prestación del servicio de asistencia jurídica gratuita en determinados procedimientos judiciales.

ARTÍCULO 2. Ámbito de aplicación.

Los requisitos establecidos en la presente Orden serán de obligada observancia para todos los Colegios de Abogados de Andalucía, sin perjuicio del cumplimiento de los requisitos generales mínimos de formación establecidos por el Ministerio de Justicia mediante Orden de 3 de junio de 1997.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

Los cursos de formación a que se refiere el artículo uno de esta Orden deberán organizarse por los Colegios de Abogados, e impartirse, en el plazo de seis meses, a contar desde su entrada en vigor. Durante este plazo, los Letrados que cumplan los requisitos generales mínimos establecidos por Orden del Ministerio de Justicia de 3 de junio de 1997, seguirán prestando, por turno de oficio, la asistencia letrada en procedimientos penitenciarios, de extranjería, de menores y los derivados de actos de violencia contra las mujeres.

DISPOSICIÓN FINAL