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En Andalucía: en cada capital de provincia, en las ciudades de Ceuta y Melilla y en cada isla en que existan uno o más partidos judiciales, se constituirá una Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita como órgano responsable, en su correspondiente ámbito territorial, de efectuar el reconocimiento del derecho regulado en la Ley 1/1996, de 10 de Enero, de Asistencia Jurídica Gratuita.
Comisiones de Asistencia Jurídica Gratuita (CAJG) – Junta de Andalucía (juntadeandalucia.es)
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Entre otras, son funciones de las Comisiones:
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Reconocer o denegar el derecho a la asistencia jurídica gratuita
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Revocar el derecho a la asistencia jurídica gratuita concedido, cuando concurran las circunstancias previstas en la Ley 1/1996, de 10 de Enero, de Asistencia Jurídica Gratuita
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Efectuar las comprobaciones y recabar la información que, a lo largo de la tramitación de las solicitudes de asistencia jurídica gratuita se estimen necesarias, y requerir de la Administración correspondiente la confirmación de la exactitud de los datos alegados por las personas solicitantes
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Recibir y trasladar al Juzgado o Tribunal correspondiente el escrito de impugnación de las resoluciones que, de modo definitivo, reconozcan o denieguen el derecho.
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Tramitar los incidentes de insostenibilidad de la pretensión presentadas por los abogados